Entendemos importante insistir en informarnos sobre la Ley No.16.906 de Prtomoción y Protección de Inversiones, el Decreto No.354/009, régimen especifico del sector, o el Decreto No. 2/012, del regimen general de inversiones. Segun las caracteristicas del proyecto, es posible optar por uno u otro, segun el que mas nos beneficie.
A parte de la obtención de exoneraciones en cuanto a IRAE, e sposible obtener otros beneficios: exoneración del Impuesto al Ptrimonio, exóneración de Tributos a la Importación y devolución anticipada de IVA.
Las actividades comerciales que se encuentran promovidas en el amparo de es Ley, y bajo el decreto No. 354/009, son:
1- Generación de energía eléctrica proveniente de fuentes renovables no tradicionales :
- Energía Hidraulica
- Energía eólica
- Energía térmica y fotovoltaica
- Energia geotermica
- Energía mareomotriz
- Energía undimotriz
- Fuentes de biomasa utilizada de manera sustentable
- Generación de energía electrica a través de cogeneración, la generación simultanea de energía electrica ( o mecanica) y energía térmica útil destinada a algún proceso, utilizando la misma fuente de energía. A los efectos de este decreto, se consideran como sistemas de cogeneración a aquellos que puedan ser clasificados como de uso eficiente .
- La producción de energeticos provenientes de fuentes renovables
- La transformación de energia solar en termica
- La conversión de equipos y/o incorporación de procesos, destinados ael uso eficiente de energía.
Lo que incluye la sustitución de fuentes de energía tradicionales ( combustibles fósiles y la hidroelectricidad de gran porte), por fuentes de energías renovables no tradicionales que permitan la diversificación de la matriz energetica y la reducción de emisiones de gases contaminantes.
- La prospección y exploración de minerales: Yacimientos de combustibles fósiles( petróleo, gas natural, hulla, lignito, turba, rocas pirobituminosas y arenas petrolíferas) , así como otros yacimientos de sustancias minerales o elementos aptos para generar industrialmente energía.
- Los servicios brindados por Empresas de Servicios Energéticos (ESCOs registrados en la Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear(DNETN) y calificadas como categoria A.
- La fabricación nacional de maquinarias y equipos con destino a las actividades mancionadas anteriormente.
Fuente : CPA FERRERE
No hay comentarios:
Publicar un comentario